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500 abogados llevan la Defensoría del Pueblo al tribunal constitucional

 


500 abogados llevan la Defensoría del Pueblo al tribunal constitucional

Se pierde la confianza en la comision electiva de la camara de diputado, hay conflito y violan la Constitución.


El Dr. Carlos Mesa abogado constitucionalista y quien en parte de las 37 asociasiones y mas de 500 abogados que se suman al equipo que dirige el Dr. Babado Torre, sometera en el dia de hoy un recurso a favor del Apóstol  Dr. José Christopher aspirante a la Defensoría del pueblo y posible integrante de la terna que será sometida al senado para la elección definitiva presentará recurso contencioso-administrativo ante el tribunal superior administrativo y recurso constitucional de control por ante el tribunal constitucional.


El apóstol Christopher quien fuese el único de los postulantes que planteara una visión con propuestas orientadas a defender la identidad dominicana, proteger los derechos constitucionales de los desvalidos, impulsar la coexistencia de los actores políticos, empresariales, de la sociedad civil, sindicatos, instituciones del estado, empresarios y en general el pueblo de a pie para una mejor República Dominicana entiende que las violaciones a la Constitución por parte de la cámara de diputados, el senado y la suprema corte de justicia están a la orden del día.


Principalmente manifiesta que la actual defensora del pueblo doctora Soyla Hernández ha estado ocupando esa función a lo largo de 2 años subvirtiendo el orden constitucional y atentando contra la propia ley 19 - 01 que crea la figura del defensor del pueblo Y qué específicamente indica que dicha posición expira transcurrido el período de 6 años y que por mandamiento del senado podría extenderse por un período adicional, en el caso específico de la doctora Hernández no hubo un proceso de ratificación en el cargo y mucho menos se llevaron a cabo los procedimientos ordenados en el artículo 192 de la constitución política de la República Dominicana y los procedimientos restrictivos expuestos en la ley 19-01 que crea la figura del defensor del pueblo, los procedimientos para su nombramiento, derechos deberes Rango de actuación y en general le otorga poderes para garantizar la soberanía popular y el respeto a los Derechos Humanos, civiles y políticos de Los dominicanos.


El apóstol Dr. Jose Cristopher quién cuenta con el apoyo del colegio de abogados, 37 asociasiones, figuras empresariales y de la sociedad civil pero muy en particular, iglesias, juntas de vecinos de la masa popular más nutrida, nos indica que ha apoderado un grupo y equipo de abogados de reconocida trayectoria en el país a los fines de presentar por ante el tribunal constitucional y el Tribunal Superior administrativo acciones tendentes a ordenar la paralización de la continuación de los actos de nombramiento de la terna propuesta por los diputados al senado de la República puesto que entiende que por una parte intentan reducir las opciones o figuras de conocida postura política partidista y por otra parte atentar contra la gestión del propio presidente Luis abinader Corona quién ha marcado y delineado como vía única hacia el tránsito democrático y soberano la independencia de los poderes del estado y el nombramiento en los cargos de gran interés Nacional de figuras honorables potables y de reconocida trayectoria en pro de los derechos de Los dominicanos y discrepantes con las políticas partidistas sistemáticas que han coexistido en el país durante los últimos gobiernos.


Los recursos que serán interpuestos este día lunes 22 de marzo de 2021 pretenden para alisar cualquier nombramiento o proposición de terna alguna por parte del Congreso puesto que dicha actuación debió llevarse a cabo en el mes de abril de 2019 ya que la actual defensora del pueblo culminaba sus funciones en fecha 15 de mayo de 2019 Por lo cual el artículo 192 de la constitución política de la República Dominicana es Clara en el mandato de que los diputados del congreso debieron realizar Las evaluaciones proposiciones y generar la terna previo a dicho vencimiento.


Asimismo indicó que en caso de no cumplir con el mandato constitucional dispuesto para la postulación del defensor del pueblo le correspondía en el improrrogable término de 15 días a la suprema corte de justicia elegir dicha terna y proponerla al senado, lo cual no ocurrió.


El simple hecho de que la actual defensora del pueblo Dra. Soyla Hernández se mantenga ejerciendo dicha posición constituye un acto de subversión al orden constitucional Y peor aún que el legislativo y el poder judicial respalda y me ampare esta violación constituye una subversión nunca antes vista en la República Dominicana y propia de un estado fallido de derecho.


Atribuyó el apóstol y aspirante a la defensoría del pueblo estas actuaciones a una manipulación absurda y oscura qué representa negligencia u omisión e insuficiencia de ley para imponer al mejor estilo de los gobiernos tradicionales un candidato sumiso que represente intereses partidarios atente y descuide los intereses del pueblo dominicano.


Por último ratificó la posición inflexible de que estas actuaciones tienen un manejo tras bastidores tendente a perjudicar y desvirtuar la gestión del cambio propuesta por el presidente Luis abinader y la vicepresidente Raquel Peña lo cual es inaceptable y debe ser detenido ipsofacto.


Ante la sordera para garantizar la función jurisdiccional del legislador no encontró vías alternativas que no fuesen apoderar estos tribunales por la vía de los recursos antes indicados y mostró su disposición a luchar incesantemente para garantizar el sostenimiento y convalidación de los principios y garantías constitucionales.

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